#071 La infancia fumigada
La Argentina fumigada: el costo humano de los agrotóxicos
En lo que representa un fallo histórico, el tribunal oral de Concepción del Uruguay condenó, a un año y 6 meses de prisión en suspenso, a los tres imputados por fumigar en cercanías de un establecimiento escolar.
Se trata del caso de la escuela fumigada N° 44 “República Argentina” de Colonia Santa Anita, en la provincia de Entre Ríos. Fue el primer dictamen en la Argentina en torno a la protección de docentes y alumnos rurales. La Justicia responsabilizó al presidente de la empresa fumigadora, al dueño del campo de arroz y maíz que contrató el servicio y al piloto que manejaba la aeronave, por “lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa”, tras realizar pulverizaciones en los alrededores de la escuela en horario de clase.
Los pesticidas peligrosos afectaron la salud de la maestra Mariela Leiva y de un grupo de estudiantes que asistían a la escuela rural.
Para tomar dimensión del impacto, basta saber que a nivel mundial, el 10% de la agricultura utiliza agrotóxicos, mientras que en la Argentina, el porcentaje de siembra directa sobre el área cultivada es del 90 por ciento.
A pesar que la decisión del tribunal “sentó un precedente” y contra lo que viene sucediendo en varias provincias y municipios que ampliaron las distancias de fumigación para proteger a los centros poblados, los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Agroindustria de la Nación están a punto de dictar una resolución que reduce al mínimo esas distancias para la aplicación de agroquímicos.
La inminente decisión funcional al lobby sojero y a la industria química, fue anunciada por los ministros Sergio Bergman y Ricardo Buryaile. Según el funcionario de ambiente, lo que ocurre en materia de las distintas normativas es un caos, aunque no percibe de igual modo el desastre sanitario generado por las fumigaciones con estos venenos. Por ello están consensuando una resolución para que después adhieran las jurisdicciones. Saldrá como una resolución sin consulta ni participación del Ministerio de Salud ni del Congreso.
Actualmente, las distancias para la aplicación de los venenos utilizados por la agroindustria están reguladas en las legislaciones provinciales y ordenanzas municipales. Y considerando el aumento de los casos de intoxicación aguda y del incremento de las patologías crónicas relacionadas a la utilización de agrotóxicos, esas distancias, permitidas siguen siendo muy bajas.
En 2010 se dispusieron 200 metros de distancia de centros poblados para la aplicación aérea y 100 metros para la pulverización terrestre. Pero varios municipios y algunas provincias, de a poco, y a fuerza de la presión social y fallos judiciales, fueron ampliando esas distancias mediante normativas propias. Incluso varios fallos judiciales en varias provincias, prohíben la fumigación con venenos a menos de 1.500 metros y han declarado inconstitucional la aplicación a menor distancia.
Sin embargo, la arremetida oficial fue puesta a prueba con anterioridad. Sobre tablas y sin debate, en los primeros días de julio se presentó un proyecto que obtuvo el visto bueno de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires casi por unanimidad: una ley que autoriza la aplicación de glifosato a 10 metros de los límites urbanos.
Varias organizaciones ambientalistas y políticas la rebautizaron como “ley procáncer”. ¿Cuál es el criterio objetivo para establecer una exposición humana a los pesticidas? ¿Qué estudios se realizaron para establecer la exposición humana a los pesticidas? ¿No se estará buscando impunidad frente la generación de daños sanitarios y ambientales por uso masivo de pesticidas?
La ley establece una zona de exclusión total donde no se permite la fumigación; y alrededor una zona buffer o de amortiguamiento que, cuando las condiciones meteorológicas no están dadas, se convierte también en zona de exclusión. En condiciones adversas se van a prohibir cosas que hoy se permiten en la pulverización terrestre. Si hay probabilidad de que el producto llegue a la zona urbana, estará prohibido.
El proyecto se presentó como una forma de regular el uso de agroquímicos para “proteger la salud humana y los ecosistemas”, pero el sector ambientalista argumenta que hoy ni siquiera se aplica la normativa vigente y que se debe respetar la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
En efecto, en diciembre de 2014 el máximo tribunal confirmó que no se puede pulverizar agroquímicos a menos de mil metros de una vivienda porque así lo disponen las normativas actuales. En otras palabras, esta iniciativa ablandaría la protección legal. Implica retroceder en las medidas de protección para la salud y el ambiente, donde los únicos beneficiados son empresas agroquímicas y no tiene en cuenta el costo humano de los agrotóxicos.
Estudios médicos recientes han relacionado una mayor exposición a plaguicidas con un aumento en la incidencia de algunos tipos de cáncer, enfermedades neurodegenerativas y alteraciones en el sistema endocrino e inmunitario. La Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC), que forma parte de la Organización Mundial de la Salud de las Naciones Unidas considera al glifosato un producto “probablemente cancerígeno”.